miércoles, 31 de agosto de 2011

Señales de Obligación



Señales de Obligación

Sistema de Señalización tiene como objetivo proporcionar información sobre las zonas de seguridad, las de riesgos, las rutas de evacuación y los equipos de emergencia.
Las señales de obligación: son señales de seguridad que obligan un comportamiento determinado.
Señales de Obligación: en color azul, son las que se utilizan para imponer la  ejecución de una acción determinada, a partir del lugar en donde se encuentre la señal y en el momento de visualizarla.
Fenómenos naturales


Los fenómenos de origen natural son tan antiguos como la humanidad y han alterado al planeta, por tanto, hace a los grupos sociales vulnerables a fenómenos pertubadores tales como: los naturales, que son de origen geológico ocasionados por los movimientos de la cortea terrestre: sismos, terremotos, erupciones volcánicas, etc.

Los de origen hidrometereológico son los que mas afectan a la humanidad y esto se debe a los cambios atmosféricos y climatológicos, como los huracanes, ciclones tropicales, lluvias torrenciales donde ocurren inundanciones fluviales y pluviales, tormentas de nieve, granizo, sequías, etc.

Por tanto es importante conocer el sistema  de señalización, éstas son informativas, preventivas, prohibitivas y de obligación.
Éstas están sujetas a las normas y señales en materia de PROTECCIÓN CIVIL o al sistema de protección que posea cada país.

Se debe orientar de forma permanente a los usarios en la interpretación de los mensajes contenidos en las señales y avisos, así como las acciones que se deben tomar.
Las señales de obligación son de varios tipos:
  • De tráfico
  • protección individual
  • de prohibición
  • de salvamento



Deberes de las Personas en caso de Desastre
Son deberes de las personas en caso de desastre:

a) Colaborar con las labores de prevención, mitigación y de protección que emprenda la Dirección General o las Comisiones del Sistema.

b) Acatar las disposiciones y medidas de prevención que dicte la Dirección General o las Comisiones del Sistema.
c) Evacuar las áreas peligrosas cuando la Dirección General, las Comisiones del Sistema o la Policía Nacional Civil se los pida.
d) Informar a la Dirección General, a cualquier Comisión del Sistema, o a cualquier autoridad, la existencia de señales o signos que pudieran presagiar un desastre.
e) Comportarse prudentemente en el evento de un desastre.
f) Colaborar en la ejecución de los planes de mitigación de desastre que emprenda la Dirección General o cualquier Comisión del Sistema.
g) Organizarse, seguir las instrucciones y comunicarse con el resto de la comunidad, para enfrentar con efectividad y solidaridad el desastre.
h) Atender a los heridos en caso de desastre. Esta obligación se extiende a los entes hospitalarios públicos y privados, los servicios prestados por estos últimos serán pagados por el Estado conforme lo establecido en el Reglamento.
Señales de obligación en caso de desastre natural


¿Qué hacer en casos de desastres naturales?


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